Hacer alegaciones multa tráfico

por | 3 noviembre, 2021

Presentar alegaciones o recurrir una multa que te ha impuesto tráfico son las únicas opciónes que tenemos para no tener que pagar la sanción económica y principalmente para no perder los puntos del carnet de conducir. Pero sabes cómo hacerlo, cúales son los trámites, plazos, etc.

Cómo presentar alegaciones multa DGT

Antes de decidir que hacer con la multa tienes que tener en cuenta:

  • Pagar una multa en periodo voluntario supone una reducción del 50% de su importe y la renuncia a presentar reclamaciones.
  • En cambio, al presentar alegaciones se pierde el descuento. Y si la alegación es rechazada, tendrás que pagar la sanción completa. 

Diferencia entre alegación y recurso

Es importante tener claro que no es lo mismo presentar ante tráfico una alegación o un recurso.

Puedes presentar una alegación si consideras que hay algún error o no estás de acuerdo con la denuncia que te ha sido notificada. Tras analizar tu alegación la DGT resolverá si tienes razón o no. El recurso se interpone si no estás de acuerdo con la resolución de tu alegación.

Plazos para presentar alegaciones multa Tráfico

Si recibes una multa de Tráfico, tienes el derecho de presentar alegaciones si no estás de acuerdo con los hechos que te han notificado. Lo podrás hacer en el plazo de los siguientes 20 días naturales desde el día siguiente a que recibas la notificación en tu domicilio o en tu dirección electrónica. Si han intentado notificarte a tu dirección postal y no te han localizado, publican la sanción en el Tablón Edictal Único. Desde esta publicación, dispondrás igualmente de 20 días para presentar alegaciones.

Tras analizar tu alegación la DGT resolverá si tienes razón o no. Si no te da la razón tienes dos opciones: pagarla o recurrir la sanción en el plazo de un mes desde la notificación de la citada resolución. Si decides recurrir, tendrás que acudir a los tribunales por la vía contencioso-administrativo.

Documentación para presentar alegaciones multa Tráfico

Lo más importante es conocer el número de expediente sancionador sobre el que se desea poner la alegación o recurso. Recuerda que es un número de doce cifras que se encuentra en la cabecera de la comunicación que te han enviado. 

En el caso que lo hagas directamente por internet, no tendrás que introducir más información que el número del expediente. Para otras alternativas (fax, registro, correo o presencialmente en sus oficinas), has de redactar un escrito explicando tus alegaciones o recurso solicitado. La DGT te ofrece modelo de impreso, pero no es obligatorio, puedes redactar el tuyo propio siempre que recoja, al menos,  los siguientes datos:

  • Número del expediente sancionador.
  • Datos del interesado.
  • Alegaciones.
  • Firma del interesado.

Se podrán aportar los documentos que consideres pueden aportar datos o información que no se ha tenido en cuenta o es errónea. Estas alegaciones se tendrán en cuenta por Tráfico antes de redactar la correspondiente propuesta de resolución.

Dónde presentar alegaciones multa

1. Por internet, a través de la página web de la DGT ( https://sedeclave.dgt.gob.es/WEB_PSAI/index.faces )

Te van a solicitar que indiques el expediente sancionador sobre el que quieres formular tus alegaciones o recurso. Y el sistema te informará si es admisible el correspondiente recurso o alegación sobre dicho expediente.

2. Por correo postal, incluyendo tu escrito de alegaciones a la dirección  de la Jefatura de Tráfico que te está tramitando la sanción, o bien, al Centro de Tratamiento de Denuncias Automatizadas.

3.  Presencialmente en cualquier Jefatura o Oficina de Tráfico.

Causas por las que se puede evitar la sanción

Hay muchas causas por las que se puede intentar evitar la sanción de tráfico, pero las más habituales son:

  •  Por defecto de forma. Esto ocurre cuando en la notificación hay algún dato que no es correcto (nombre, apellidos o matrícula) 
  • Hay algunos fallos burocráticos que pueden dar lugar a ganar el recurso. Por ejemplo si la sanción se ha notificado fuera de los plazos previstos en la ley, si el radar no estaba bien calibrado o si la foto ha salido borrosa.
  • En la denuncia debe figurar siempre el nombre y número de identificación profesional del agente que la ha impuesto, si no es así, quedará impugnada.

Y recuerda  que también puedes aportar pruebas, como fotografías, testimonios o cualquier otro tipo de documento, que acredite que tú no cometiste esa infracción.


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